Social Icons

twitterfacebookgoogle pluslinkedinrss feedemail

jueves, 28 de noviembre de 2013

Derecho al Agua es Innegociable

Frente a la decisión del Tribunal Constitucional, en la que decide archivar el proceso del caso Majes Sigua II, y con ello se vulnera el derecho de la población de Espinar, Derechos HumanosFronteras, expresa:

1. El Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia del 08 de noviembre del 2011, (Exp. 1939-2011) ordeno la realización de un nuevo y definitivo estudio de balance hídrico integral en la cuenca alta del río Apurímac, además dispuso que dicho estudio debía hacerse desde las nacientes del río Apurímac, hasta su confluencia con el río Salado, disponiendo que éste sea realizado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA). Sin embargo la ANA, derivo este trabajo a la Oficina de la Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS).

2. En dicha sentencia el TC creo un órgano tripartito, (PCM, Gobierno Regional del Cusco, Gobierno Regional de Arequipa) como instancia decisoria, disponiendo que concluido el estudio, éste debía ser puesto en conocimiento del órgano tripartito: “…El resultado de éste podrá ser sometido, si dicho tres gobierno así lo estiman pertinente, a la opinión técnica de una institución o especialista internacional de reconocida solvencia…debiéndose remitir al TC…” Es decir, la ANA no debió remitir directamente el estudio elaborado por la UNOPS, al TC, sino ser presentado previamente al órgano tripartito, aspecto que no se ha cumplido.

3. El TC al disponer el archivamiento del caso, obvia la exigencia que determino en su sentencia inicial, es decir la población de Espinar desconoce los resultados que la UNOPS ha realizado. Y de otro lado, la ANA ha mantenido hermetismo para que este informe no sea conocido, pese a los pedidos de información, que incluso la Congresista Verónica Mendoza ha realizado.

4. Es preciso señalar que el pueblo de Espinar ha demostrado a través de sus especialistas técnicos que no es posible hacer un estudio en 3 o 6 meses. Para conocer una real demanda hídrica se requiere por lo menos un año hidrológico. Por tanto existe estudios incompletos y parciales y no se ha determinado la demanda hídrica de Espinar, para cubrir la demanda actual y futura, así como para el desarrollo de proyectos y mantener el caudal ecológico.

5. Emplazamos al Presidente del Gobierno Regional del Cusco, para que aclare a la población de Espinar y Cusco las reuniones realizadas a nivel de Comité Tripartido y deslinde públicamente si conocía o no el informe elaborado por la UNOPS. Así mismo exigimos que la Autoridad Nacional del Agua (ANA) haga público el informe elaborado por la UNOPS.

Dada la trascendencia de este caso en el pueblo de Cusco, es necesario el diálogo para una solución consensuada entre ambas regiones, que garantice el derecho al agua y el desarrollo sostenible.

Cusco, 27 de noviembre 2013.
Derechos Humanos sin Fronteras Cusco

No hay comentarios:

Publicar un comentario

DHSF Cusco no se hace responsable por el contenido de los comentarios al artículo.

DIRECCIÓN

Barrió Profesional A-8 (Tercer Piso) Cusco – Perú.

Teléfono: 084 242115

Fax: 084 242115

E-mail: dhsf@derechoshumanos.pe

derechossinfronterascusco@gmail.com

http://www.facebook.com/derechossinfronterascusco

https://twitter.com/shsfcusco

Cusco - Perú.