El INDECOPI declaró inaplicable el aporte por
regulación (APR), uno de los ingresos más importantes que percibe actualmente
el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para realizar sus
funciones a nivel nacional.
Según la resolución del INDECOPI, el pago del APR
es una “barrera burocrática ” y por tanto el OEFA estaría recibiendo dichos
ingresos ilegalmente por este concepto. Esta determinación se dio en respuesta
a la demanda de la minera Pampa de Cobre S.A. que, junto a otras cuatro
empresas, presentó sus argumentos para dejar de pagar al ente fiscalizador del
Ministerio del Ambiente (MINAM).
Con esta decisión, la situación económica del OEFA
quedaría en una situación de gravedad pues días atrás el Ministerio de Economía
y Finanzas (MEF) habría desconocido y eliminado -en el presupuesto para el año
2015- los ingresos por concepto de multas que habían sido proyectados en 36
millones de nuevos soles.
El APR representa para el OEFA 130 millones, lo
cual significa que para el 2015 solo contaría con un presupuesto de menos de 25
millones (24 750 000 nuevos soles), por concepto de recursos ordinarios para
ejercer sus labores.
Aún la decisión de INDECOPI tiene que ser revisada
en otra instancia, pero ya otras empresas van por el mismo camino de la minera
Pampa de Cobre.
¿Contradicciones del INDECOPI?
Cabe resaltar que luego de declarar al aporte por
regulación como una “barrera burocrática ilegal”, el INDECOPI detalla líneas
más abajo que “la presente resolución no desconoce la obligación de las
empresas privadas de cumplir con el pago del aporte por regulación”.
Esta es una abierta contradicción de dicho
organismo que luego de debilitar al ente fiscalizador del Minam, agrega: “El
pronunciamiento no constituye un desconocimiento de la importante labor de
fiscalización ambiental que desarrolla el OEFA”.
Red Muqui.
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