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martes, 26 de noviembre de 2013

Acusaciones sin fundamento, un Ministerio Público que pretende justificar lo injustificable

Como se recuerda el pasado mayo del 2012, la provincia de Espinar inicio un conflicto producto de cuestionamientos legítimos por la exigencia de un medio ambiente más saludable. Producto de ello, el 28 de mayo de ese mismo año, el gobierno que preside Ollanta Humala, declara en emergencia la provincia de Espinar y así varios líderes, autoridades locales  y ciudadanos fueron detenidos arbitrariamente con la consiguiente apertura de investigaciones por diversos delitos. A la vez la Fiscalía de la Nación y  Poder Judicial, dispusieron el cambio de competencia a la ciudad de Ica, vulnerándose de esta forma el derecho a la defensa y a un  juez natural.

Ha transcurrido  más de un año y el 09 de julio del 2013 la Primera Fiscalía Provincia Penal de Ica, emitió su acusación en el caso 1165-2012,  en ella se acusa de haber cometido los delitos de atentado contra la seguridad común, entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos, disturbios, tenencia de materiales peligrosos y apología al delito, estos delitos atribuidos a  Oscar Mollohuanca Cruz, Herbert Huaman Llave y Sergio Huamaní Hilario, quienes según el análisis de la Fiscalía serían  autores mediatos. En tanto que para los ciudadanos Ezequiel Qquehue Chquecota, Juan Alberto Huaytapuma y Daniel Alfredo Condori (miembros del serenazgo) se les acusa de ser autores directos del delito de fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos, lo mismo que para el promotor de derechos humanos, Romualdo Ttito Pinto.

Sin embargo, repentinamente el sábado 28 de setiembre del presente año, la Fiscalía  decidió variar su acusación y sostuvo que además de ser autores mediatos, en el caso de Oscar Mollohuanca, Herbert Huaman y Sergio Huamaní Hilario, también deberían ser comprendidos bajo la figura de instigadores. Y adicionalmente, considerarse   en el caso de las otras personas, el delito de disturbios.
Este cambio repentino obliga a  pensar en una hipótesis: Que la Fiscalía de Ica, debe sí o sí acusar, así no se tengan mayores fundamentos.

Revisando el documento de acusación fiscal,  podemos afirmar categóricamente que no existen suficientes elementos de convicción, ni fundamentos claros, para atribuir  las responsabilidades de cada uno de los líderes sociales. Las afirmaciones son sumamente generales  y la Fiscalía ha olvidado que existe una obligación de determinar la relación clara y precisa del hecho que se le atribuye a cada uno de los líderes sociales.  No basta una narración general, sino determinar la participación de cada persona.

El sábado 26 de octubre de 2013, fecha programada para la realización de la audiencia de control de acusación por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica y luego de escuchar la acusación, el juez (Fernando Vicente Fernandez) emitió resolución disponiendo la devolución de la acusación al representante del Ministerio Publico, a fin de que subsane las observaciones sustentadas por la defensa de los líderes sociales y le otorgo el plazo de cinco días.

Entonces la pregunta que surge es ¿Existe suficientes medios de prueba para solicitar el enjuiciamiento de los líderes de Espinar?, nosotros consideramos que no, y que lo único que demuestra el Ministerio Publico con esta conducta, como ya lo dijimos más arriba,  es querer forzar  los hechos para acusar, si o si,  y solicitar el enjuiciamiento de los líderes de Espinar.
El Juez de Investigación Preparatoria, señalo que  Ministerio Público debe tener en cuenta: “…la acusación debe referirse a hechos y personas incluidas en la disposición de formalización de la investigación preparatoria, aunque se efectuara distinta calificación jurídica, del mismo modo debe definir en conclusión si formula requerimiento de acusación atribuyendo a los imputados la calidad de autores mediatos o de instigadores…” en otras palabras, se le exige al Ministerio Público, que señale de forma clara y precisa los delitos que se atribuyen a cada persona, las circunstancias de los hechos delictivos, así como el grado de participación (no pueden ser autores mediatos e instigadores a la vez).
Así,  el Ministerio Público ha tenido cinco días para absolver las observaciones a la acusación,  este plazo hasta la fecha ha sido incumplido. La defensa de los líderes sociales no tiene a la vista la acusación con las observaciones advertidas.  Al contrario la Fiscalía ha solicitado un nuevo plazo, argumentando que al ser la Fiscal cambiada, el nuevo Fiscal estaría tomando recién conocimiento de los hechos.
El 30 de noviembre (también en Ica) debe iniciarse una nueva audiencia. La defensa de los líderes procesados no ha sido notificada hasta el momento, pero todo parece indicar que nuevamente la Fiscalía se saldrá con la suya, pues se podría suspender la audiencia  y obviamente no  ingresar al debate de fondo.

Creemos  que lo correcto, dado el marco garantista del nuevo modelo procesal penal, es que la Fiscalía debería retirar su acusación.  Como lo señalamos, la defensa de los líderes acusados, ha venido sosteniendo permanentemente que  la acusación de la Fiscalía es vaga e imprecisa.

El Juez de Investigación Preparatoria, Vicente Fernandez, tiene conocimiento que el Ministerio Público no ha presentado en el plazo establecido la acusación con las observaciones, y si bien podría  exigirle se lo remita inmediatamente, y bajo este  hecho la Fiscalía cumpliera, nos parece que con este acto se podría colocar al Juez de Investigación Preparatoria  una especie de  avalador de la actuación por demás irregular del Ministerio Público.

Ya quisiéramos esta misma insistencia en el caso de los tres fallecidos, heridos y torturados, producto del conflicto mayo del 2012, pues de manera muy simple, por ejemplo en el caso de los fallecidos la Fiscalía archivo provisionalmente el caso al sostener que no fue posible individualizar a los responsables. Hechos que nos lleva a pensar,  que el rol del Ministerio Público se ciñe sólo a perseguir líderes sociales.


Por. Ruth Luque Ibarra
Derechos Humanos sin Fronteras-Cusco

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