La Defensoría del Pueblo busca garantizar el
cuidado de los recursos hídricos, las áreas naturales protegidas y la
protección de los pueblos indígenas en aislamiento y/o contacto inicial, entre
otros y buscar la eficacia, simplicidad y la eficiencia en los procedimientos
administrativos. Sin embargo, la sola reducción de plazos podría generar un
debilitamiento en los procesos de evaluación de impacto ambiental y poner en
riesgo el carácter preventivo de este importante instrumento.
En adición a lo expuesto, nuestra institución
coincide con el Poder Ejecutivo en la necesidad de que, para la emisión de toda
norma, debe contemplarse el impacto que esta puede generar. En atención a ello,
sostenemos la necesidad de que el fomento de las inversiones no desestime -ni
condicione- el deber del Estado de cautelar el cuidado del ambiente en el que
vivimos todos los peruanos y peruanas, de acuerdo a lo establecido en los
artículos 2°, numeral 22, y 44° de la Constitución Política del Perú.
Por lo expuesto, me permito poner a disposición del
Congreso de la República las siguientes recomendaciones, a fin que sean
evaluadas al momento de discutir el Proyecto de Ley Nº 3627/2013-PE:
- No aprobar el artículo 19º del Proyecto de Ley que contempla la suspensión de los procedimientos administrativos sancionadores tramitados por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y la reducción del importe de las multas impuestas, en tanto implica el debilitamiento de la institucionalidad y de los mecanismos de supervisión y fiscalización ambiental.
- Establecer que los recursos que se perciban por concepto de multas administrativas por infracción a la normatividad ambiental sean destinados al Fideicomiso al que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29325, a fin de contar con los recursos necesarios para la remediación de los pasivos ambientales, tema pendiente de abordar en la agenda ambiental.
- Normar la obligación de la Presidencia de Consejo de Ministros de realizar un informe anual ante el Congreso de la República sobre el nivel de cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente, del Plan Nacional de Acción Ambiental y de la Agenda Nacional de Acción Ambiental.
- Solicitar al Poder Ejecutivo el sustento técnico para la reducción de los plazos para la emisión de opiniones técnicas en el marco de la evaluación del estudio de impacto ambiental de proyectos de inversión. Dicha evaluación deberá contemplar las particularidades de la evaluación y las capacidades institucionales de las entidades para emitir opiniones técnicas con un análisis riguroso y en un plazo razonable.
Asimismo, se señala que las inversiones nacionales
y extranjeras deben cumplir con los estándares de protección ambiental y
social; y, de esa manera, contribuir con
el desarrollo del país, generando empleo, movilizando recursos y activando los
diversos sectores de la economía.
Alicia
Abanto Cabanillas
Adjunta
al Defensor del Pueblo en Medio Ambiente
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