DIFERENTES
PUEBLOS INDÍGENAS en aislamiento y pueblos indígenas en contacto inicial
habitan en la Amazonía peruana. Tal condición obedece a la decisión de dichos grupos
de apartarse de la sociedad nacional como mecanismo de supervivencia, dados los
constantes enfrentamientos que sostuvieron con caucheros, madereros, entre
otros agentes. Actualmente, estos pueblos se ubican en las regiones de Cusco,
Huánuco, Loreto, Madre de Dios y Ucayali; y presentan una alta vulnerabilidad
ante el contacto con agentes externos, particularmente en lo referido a su vida
y salud, por lo que requieren el mayor nivel de protección por parte del Estado
peruano.
En
atención a ello diferentes organizaciones indígenas y de la sociedad civil
presentaron solicitudes para la constitución de Reservas Territoriales a favor
de tales pueblos, habiéndose creado cinco hasta la fecha: Isconahua, Murunahua,
Mashco Piro, Madre de Dios y Kugapakori, Nahua, Nanti y otros.
[1]
Por
otro lado, el año 2006, se promulgó la Ley Nº28736 - Ley para la protección de
pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de
contacto inicial- la cual establece que deben constituirse Reservas Indígenas
para proteger a la población indígena indicada, señalando como principales responsabilidades
estatales: a) respetar su decisión en
torno a la forma y el proceso de su relación con el resto de la sociedad
nacional y con el Estado; b) proteger su cultura y sus modos tradicionales de
vida; y c) reconocer su derecho a poseer las tierras que ocupan, restringiendo
el ingreso de foráneos a las mismas. Cabe indicar que en el caso de pueblos en
aislamiento la legislación internacional y nacional establecen el Principio de
No contacto.
El proyecto de Camisea y la Reserva
Kugapakori, Nahua, Nanti y otros
En 1990
se creó en el país la primera Reserva Territorial, ubicada entre las regiones
de Cusco y Ucayali: la Reserva
Territorial Kugapakori, Nahua, Nanti y otros (RTKNN). La constitución de la
reserva obedeció a la necesidad de protección de los pueblos indígenas Nahua,
actualmente en situación de contacto inicial, y Machiguenga (grupos Kirineri y
Nanti), parte del cual se encuentra en contacto inicial mientras otros grupos
se encuentran en aislamiento. Cabe recordar que en la década de los años 80, con
la presencia de la empresa Shell en la zona, se facilitó el contacto con
agentes externos, lo que produjo la muerte masiva en 1984 de la población Nahua
(40%) debido a una epidemia de gripe.
No
obstante ello, el año 2000 se otorgó la concesión del Lote 88 a favor de
Pluspetrol Perú Corporation2, en virtud de la cual dicha empresa
realizó actividades de explotación de hidrocarburos en un área limitada de la
RTKNN (pozos Cashiriari 1, Cashiriari 3 y San Martín 3).
A
inicios de este año, el Estado peruano, con la opinión favorable del SERNANP,
Ministerio de Cultura, Autoridad Nacional del Agua y Ministerio de Energía y
Minas decidió aprobar3 la ampliación de actividades en el Lote
88, lo que implica, entre otras cosas, la construcción de 18 pozos en 6
locaciones y el desarrollo de exploraciones sísmicas 3D y 2D. Todas estas
acciones se superponen a las áreas donde habitan Kirineris, Nantis y Nahuas. Además,
como parte de este proceso, representantes del Ministerio de Cultura, han
señalado que tienen “dudas razonables” sobre la existencia de población en
aislamiento en la RTKNN, habiendo llegado a afirmar que los pueblos en
aislamiento ya no habitaría en este territorio.
Frente
a esta situación, diferentes organizaciones del país – y el propio
Viceministerio de Interculturalidad en su momento4 – han cuestionado la ampliación de
actividades en el Lote 88, considerando dos puntos centrales: 1) Se superpone a
áreas habitadas por pueblos en aislamiento (Kirineris y Nantis), por lo cual se
vulnera el Principio de No Contacto con dichos pueblos, y 2) Se superpone a
importantes zonas de aprovechamiento de recursos, tanto para pueblos en
aislamiento como aquellos en contacto inicial, por lo cual sus recursos de
subsistencia (flora y fauna) se verán severamente afectados.
En el
mismo sentido, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de
los pueblos indígenas, James Anaya, advirtió en diciembre del 20135 –antes de la aprobación de las
actividades de ampliación- la necesidad que el Estado Peruano realice un
estudio exhaustivo y participativo acerca de la presencia y las condiciones de
los pueblos indígenas no contactados en el área del Lote 88; y la
implementación de un proceso de consulta con los pueblos indígenas (en contacto
inicial), de forma previa a la decisión sobre la propuesta de ampliación del
proyecto de explotación.
Las
recomendaciones del Relator no fueron atendidas en su momento, por lo que en marzo
del presente año, Anaya las reiteró en el documento “Perú. Observaciones sobre
la ampliación de exploración y extracción de gas natural en el Lote 88 del
proyecto Camisea” 6.
A la
fecha, la empresa Pluspetrol ha anunciado el inicio de las operaciones de
exploración para las siguientes semanas, convirtiéndose este caso en uno más
que da cuenta del poco interés existente en el Estado para proteger los
derechos de los pueblos indígenas en el país.
[1] Están en proceso
de atención las siguientes solicitudes: Cacataibo Sur y Norte,
Napo-Tigre-Curaray, Yavarí Mirín, Sierra del Divisor Occidental, y Yavarí
Tapiche. Ver actas de la Comisión Multisectorial PIACI:
http://www.cultura.gob.pe/es/interculturalidad/dpiaci/eventos
3 La Resolución
Directoral Nº035-2014-MEM/AAE, del 27 de enero de 2014, resuelve aprobar el
Estudio de Impacto Ambiental para la Ampliación del Programa de Exploración y
Desarrollo en el Lote 88.
4https://derechosindigenas.lamula.pe/2013/12/04/pueblos-indigenas-en-aislamiento-y-contacto-inicial/derechosindigenas/
5http://onu.org.pe/noticias/declaracion-del-relator-especial-de-las-naciones-unidas-sobre-los-derechos-de-los-pueblos-indigenas-james-anaya-al-concluir-su-visita-al-peru/
6http://unsr.jamesanaya.org/special-reports/peru-observaciones-sobre-la-ampliacion-de-exploracion-y-extraccion-de-gas-natural-en-el-lote-88-del-proyecto-camisea
Paulo Vilca Arpasi
Abogado con Estudios de
Ciencia Política
Verónica Delgado Gustavson
Antropóloga
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