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martes, 22 de julio de 2014

Promulgación de Ley 30230 que afecta la institucionalidad ambiental puede agudizar más los conflictos sociales en el sur peruano.

Pronunciamiento:

Ante la promulgación de la Ley 30230 del Ejecutivo  sobre “Las medidas tributarias, de simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país”, el sábado 12 de julio del presente año y que propone una serie de cambios normativos en temas tributarios, ambientales, de saneamiento físico legal de predios, y en las propias competencias de los gobiernos municipales y regionales; y que constituye un grave retroceso en materia ambiental; las organizaciones de la sociedad civil del sur del Perú manifestamos a la opinión publica lo siguiente: 

Primero: Sobre el rol del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) la ley aprobada debilita este organismo, así como del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA). Limita su función fiscalizadora y sancionadora a cargo del OEFA, el cual  por tres años no podrá ejercer sanciones económicas, siendo su carácter sólo disuasivo, salvo de manera excepcional y en esos casos sólo por el 50% del monto fijado por Ley. Con ello, solamente se promueven inversiones irresponsables, que trasladan sus costos ambientales y sociales al Estado y a las personas, exponiéndolos a situaciones de riesgo.

Segundo: En relación a las Zonas Reservadas (ZR). Las medidas propuestas debilitan la función del Ministerio del Ambiente (MINAM) al restarle como facultad la protección del patrimonio natural, impidiendo la creación de Zonas Reservadas. Éstas últimas son mecanismos transitorios que buscan brindar protección a una zona mientras se le categoriza como Área Natural Protegida (ANP). Estas Zonas ahora pasan a depender de la decisión de la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene a la mayoría de sus carteras  vinculadas a los sectores productivos, y se teme que primen un criterio político y económico por encima del técnico al decidir su creación.

Tercero: La ley propone que los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP) sean establecidos por Decreto Supremo con refrendo de los sectores involucrados, incrementando con ello el trámite burocrático para la aprobación de estos instrumentos técnicos. Con ello se pretende que los ECAs y LMPs no sean exigentes, y que eventualmente no puedan evitar la realización de un proyecto cuando genera niveles de contaminación que los sobrepasen.

Cuarto: Con todo ello se busca claramente debilitar la institucionalidad ambiental y los pocos canales formales que tienen las poblaciones locales para  la defensa de sus derechos fundamentales asociados a la vida, la salud, el acceso a la justicia ambiental y a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida. El Gobierno Peruano debe promover el equilibrio entre la inversión económica y el respeto del derecho de todos los peruanos y peruanas.


Quinto: Finalmente, estas medidas se dan en un contexto muy particular para la macro región sur, ya que esta parte del país actualmente concentra más de la mitad (53 por ciento) de las inversiones mineras en el Perú y también más del 35 por ciento de los conflictos sociales, en su mayoría vinculados a la minería y la problemática socio ambiental, tal como lo indica en sus informes el Ministerio de Energía y Minas y la Defensoría del Pueblo respectivamente. Recordemos además que el Perú es anfitrión de la XX Conferencia Mundial de las Partes (COP 20) de las Naciones Unidas, donde se conversara sobre el cambio climático y la preservación del medio ambiente. Claramente es un  mensaje negativo al mundo entero la implementación de este tipo de medidas.

No estamos en contra de la inversión privada, pero ésta debe darse con regulación ambiental y social adecuada, con una institucionalidad sólida, y debe buscar siempre el beneficio de las comunidades y poblaciones para mejorar su calidad de vida y no perjudicarla.

En ese sentido, tal como se mejoran las condiciones para las inversiones, se debe atender también las justas demandas de las comunidades campesinas de la macro región sur, uno de los sectores menos priorizados para este gobierno y no descuidar los mecanismos legales y administrativos que les permitan exigir sus derechos. Por ello advertimos que medidas legislativas de este tipo pueden aumentar el descontento social de las poblaciones y comunidades locales, y por ende generar mayor conflictividad social antes que propiciar la paz social que anhelamos.

Cusco, 16 de julio del 2014.

Firman:
Red Muqui Sur
Derechos Humanos Sin Fronteras – DHSF – Cusco
Instituto de Estudios y Culturas Andinas IDECA – Puno
SUMAMARKA – Puno.
COOPERACCION
PLATAFORMA REGIONAL DE DESARROLLO Y RECURSOS NATURALES – RENADES. – CUSCO.

Derechos Humanos y Medio Ambiente – Puno.

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