El proyecto de ley 3941-2014, presentado el pasado
05 de noviembre por el Poder Ejecutivo, está vez se denomina Ley de las
Inversiones para el Crecimiento Económico y Desarrollo Sostenible en las zonas
de mayor exclusión social, y viene a ser el cuarto paquetazo.
Plantea, entre otros temas que debemos evaluar con
mayor detalle:
A. Se permite el uso compartido de las líneas de
base de los Estudios de Impacto Ambiental. Lo que implica que de haber mas de
un proyecto de inversión en una misma zona, sólo se requerirá que se apruebe
los estudios ambientales del primero de ellos, pasando luego los datos
proporcionados para dicha aprobación a ser información pública. Con ello,
cualquier proyecto en la misma zona pueden usar la información ya aprobada por
la entidad ambiental correspondiente, sin necesitar una nueva autorización. Se
afecta de esa manera la posibilidad de medir los impactos acumulativos de los
proyectos en una misma zona, para lo que se podría aplicar la Evaluación
Ambiental Estratégica.
B. La creación de una certificación ambiental
integrada para los grandes proyectos de inversión. Es decir integra en un sólo
proceso el otorgamiento de derechos de uso de agua, autorizaciones de
desbosque, CIRA, entre otras. Se trata de facilitar los trámites
administrativos.
- Responde al criterio de ventanilla única. Puede
generar un cierto orden en los procedimientos, pero también una estandarización
en los plazos, que no necesariamente son los mismos en cada instancia de
acuerdo a la exigencia de información, a las opiniones sectoriales
requeridas y el análisis que debe
hacerse antes de dar una autorización.
- Otro problema que puede haber, es el de la
aplicación práctica de los mecanismos de participación ciudadana y peor aún, de
consulta previa. Cada mecanismo tiene sus propios procesos y tiempos para ello.
Cuando se aplicarían, o ya no sería posible hacerlo...
C. Respecto a los Certificados de Inexistencia de
Restos Arqueológicos - CIRA, que ya había sufrido serios cambios en su
otorgamiento con el D.S. 054-2013, ahora se presiona a los inspectores
responsables para que ejerzan su función sólo en el área a certificar,
impulsando una mayor agilización de los procesos de inspección de campo para
hacer más rápida su emisión, afectando con todo ello la rigurosidad de sus
resultados.
D. Quizá lo más grave, de manera complementaria con
el título III de la Ley 30230, es que con éste proyecto de ley se crea un
procedimiento para agilizar el otorgamiento de servidumbres sobre terrenos
eriazos de propiedad estatal y expropiaciones por proyectos de inversión
pública o de asociaciones público-privadas en materia de infraestructura, según
lo establecido en la Ley 30025, que también puede incluir tierras de
comunidades campesinas y nativas. Si bien no se trata de proyectos de
industrias extractivas, si está directamente vinculados con megaproyectos como
las hidroeléctricas a los largo del Rio Marañón y otros proyectos de esas
dimensiones que puedan realizarse en sus localidades.
Red
Muqui
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